La omisión a la Constitución será estudiada por la Abogacía del Estado

La Abogacía del Estado estudiará la fórmula utilizada por el recién elegido presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, por si el no haber acatado la Constitución fuera merecedor de alguna acción por parte de los servicios jurídicos. El president ha prometido el cargo "por la voluntad del pueblo de Cataluña, representada en el Parlament" y ha omitido mencionar la Constitución y la lealtad al Rey en la toma de posesión celebrada este martes.
Fuentes del Gobierno han asegurado a EL PAÍS que el miércoles analizarán las palabras de Puigdemont, la legislación y la jurisprudencia existente para determinar si el haber ignorado la promesa o juramento de acatar la Constitución tiene alguna relevancia penal o reproche jurídico.
Fuentes del Parlament aseguraron tras la toma de posesión que no existe ninguna normativa que regule cómo tienen que ser los actos de toma de posesión, de forma que no hace falta mencionar ni al Rey ni a la Constitución.
La Abogacía del Estado ya inició un trámite de investigación cuando Carme Forcadell prometió su cargo como presidenta del Parlamentoy proclamó un discurso en el que habló de constituir un Parlamento soberano, "que quiere representar a un pueblo libre. De un Parlamento regional de competencias limitadas, recurridas, a un Parlamento nacional con plenas atribuciones". Forcadell acabó su intervención con un "Viva la república catalana". La investigación se cerró sin que se le pudiera imponer sanción alguna.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha advertido antes de la celebración de ese acto de que Puigdemont "en ningún caso" podría introducir en sus palabras elementos que desvirtúen el juramento de cumplimiento de sus obligaciones y de la Constitución.
Catalá ha recordado que las fórmulas utilizadas a lo largo de los años han sido muy variadas, y el Tribunal Constitucional y la Junta Electoral Central se han pronunciado sobre los elementos que se pueden introducir en ese acto.
Ahora corresponde a la Abogacía del Estado analizar si la fórmula utilizada es respetuosa con la Constitución o si genera algún tipo de infracción.
fuentes http://politica.elpais.com/politica/2016/01/12/actualidad/1452628701_626176.html
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